Nota Aclaratoria Artículo La Opinión de Murcia, supuesta competencia de los Ingenieros Técnicos Industriales para emitir informes de inspecciones técnicas de Edificios
Estimados compañeros/as:
En relación con las noticias aparecidas en varios medios de prensa entre ellos Diario de la Opinión de Murcia, acerca de la supuesta competencia de los Ingenieros Técnicos Industriales para emitir informes de inspecciones técnicas de edificios, acompañamos nota remitida por el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, donde se aclara que el contenido de las noticias publicadas no se ajustan a la realidad, son inexactas y pretenden decir lo que en realidad el Tribunal Supremo no ha dicho.
Así, no existe sentencia del Tribunal Supremo, sino de un Auto de inadmisión de dos Recursos de Casación, por cuestiones formales contra una sentencia de la Audiencia Nacional, que deniega una subvención para rehabilitar, solicitada por Comunidades de Propietarios de La Coruña, al entender que el informe de valoración, debería ser elaborado por un técnico competente, es decir arquitecto o arquitecto técnico.
El Tribunal Supremo, en ningún caso se pronuncia sobre el fondo de la competencia profesional para emitir informes de ITES o de evaluación de edificios, y ni tan siquiera la sentencia de la Audiencia Nacional , objeto de recurso entró en el fondo competencial.
La nota del Consejo continua manteniendo la competencia profesional de arquitectos y arquitectos técnicos como poseedores de títulos académicos y profesionales habilitantes según sentencias del Tribunal Supremo del 9/12/14 y 25/11/15, concluyendo que los ingenieros técnicos industriales no pueden emitir informes de inspecciones técnicas de edificios o de evaluación de edificios, toda vez que la edificación residencial está fuera de su ámbito competencial y de su especialidad técnica.
Por su interés recomendamos expresamente la lectura integra de la nota informativa que se adjunta.
Recibid un cordial saludo.
La Junta de Gobierno
Documentación